conflicto en internet

TENGO UN CONFLICTO LEGAL EN INTERNET, PERO POR FAVOR MÁNDAME UN COMUNICADOR NO UN ABOGADO


Está claro que la aparición de internet ha transformado de forma radical casi todos los modelos de negocio y, también, el sistema legal. El legislador se ha visto obligado a diseñar un nuevo marco regulador para los llamados Servicios de la Sociedad de la Información y los contratos a distancia, que dé cobertura a derechos de los usuarios como el de la protección de los datos personales y garantice la contratación segura de productos o servicios a través de este medio, pero ¿es este marco el adecuado? ¿es comprensible? ¿es suficientemente agil?

Los retos que surgen como consecuencia del llamado “negocio on line” son muchos. Uno de los principales se deriva de la ubicuidad que permite internet, es decir de la posibilidad que da de ofrecer servicios y productos a cualquier usuario, sin importar la ubicación de prestador o prestatario. Ésta es una de las razones que ha provocado en la práctica la quiebra de la seguridad jurídica que otorgaban los sistemas legales nacionales. Pues, mientras que antes era relativamente sencillo exigir la aplicación de una norma al operador en las transacciones económicas, ahora es frecuente que cuando surge un conflicto, el usuario se enfrente a un primer problema: la localización del prestador del servicio y que, en muchos casos, la situación sea que se descubre que éste no dispone en España de representación legal alguna haciendo muy complejo que prospere la reclamación. De hecho, en no pocas ocasiones se produce el fenómeno llamado del “fórum shopping”, es decir que las empresas se refugian en determinadas jurisdicciones benévolas, que facilitan un nivel importante de opacidad, frente a una posible reclamación.

Si desea más información, puede leer el artículo completo en Expansión.


Posts relacionados